Asesor Comercial/ Externo Bogotá - Bogotá

Bogotá, D.C.
Presencial
1.423.500 $ a 2.300.000 $ (Mensual bruto)
5 Puestos
Contrato de Obra o labor
Tiempo Completo
En TEMPOTRABAJO nos encontramos en búsqueda del mejor equipo para GOPASS ¿Quieres ser parte de nosotros?
Perfil: Asesor comercial externo con habilidad para impulsar aplicación de servicios, no es necesaria la experiencia, contamos con capacitación para ti. Tenemos ¡Contratación inmediata!
Si cuentas con buen habilidad comunicativa, comercial, servicio al cliente e interés en aprender, ¡¡¡esta es tu oportunidad!!!
Salario: $1.423.500 + auxilio de transporte + todo lo de ley + Comisiones sin techo+ Recargos dominicales y festivos.
Requisitos: Formación académica, bachiller culminado y certificado.
Horario: Lunes a Domingo con un día de descanso entre semana (lunes o martes). Se pagan dominicales y festivos con recargo. Horarios de 8 horas diarias 47 horas semanales con una hora de almuerzo.
Ubicación: PEAJES, ESTACIONES DE SERVICIO O PARQUEADEROS DE CENTROS COMERCIALES PRINCIPALES DE LA CIUDAD.
Beneficios: Crecimiento laboral, bonos, estabilidad laboral,
Si estas interesado en esta vacante, postúlate ahora y te estaremos contactando muy pronto.
#LI-Onsite

Requisitos

Estudios
Educación Básica Secundaria
Habilidades
Servicio al cliente

Valorado

Experiencia profesional
Menos de 1 año

Sobre TEMPOTRABAJO

Estas empresas ofrecen servicios temporales de colaboración en su actividad permanente, para ayudarle a su compañía en casos puntuales en los que necesite esa asistencia por ciertos períodos.

Las Empresas de Servicios Temporales (EST) son aquellas que prestan un servicio para ayudar de forma temporal en el desarrollo de actividades a una empresa. El servicio se ejecuta mediante el envío de trabajadores en misión.

Las EST están reguladas por la ley 50 de 1990, artículos 71 a 94. En el artículo 77 de la ley mencionada se especifican los servicios temporales de colaboración por los cuales una empresa usuaria podrá acudir a la contratación de una EST, que se ejecutan a través de trabajadores en misión y que se encuentran definidos así:

1. Cuando se trate de las labores ocasionales, accidentales o transitorias a que se refiere el artículo 6º del Código Sustantivo del Trabajo.

2. Cuando se requiere reemplazar personal en vacaciones, en uso de licencia, en incapacidad por enfermedad o maternidad.